Nombres de los sistemas de
salud de las C.C.A.A
|
Zonas básicas de salud
|
Áreas de salud
|
Andalucía SAS
|
216
|
14
|
Aragón SALUD
|
125
|
8
|
Asturias SESPA
|
68
|
8
|
Baleares IB-SALUD
|
57
|
3
|
Canarias SCS
|
111
|
7
|
Cantabria SCSALUD
|
42
|
4
|
Castilla –León SACYL
|
77+18+156
|
11
|
Castilla –La Mancha SESCAM
|
201
|
8
|
Cataluña CATSALUD
|
362
|
7
|
Comunidad Valenciana SERVASA
|
240
|
24
|
Extremadura SES
|
113
|
8
|
Galicia SERGAS
|
|
8
|
Madrid SERMAS
|
310
|
1
|
Murcia SMS
|
89
|
9
|
Navarra Osasunbidea
|
55
|
3
|
País Vasco Osakidetxa
|
122
|
7
|
La Rioja SRS
|
19
|
1
|
Ceuta y Melilla INJESA
|
7
|
2
|
Organización de
archivos clínicos
T.M 1 organización Sanitaria
T.M 2 Organización
Hospitalaria 1ª evaluación
T.M 3 Archivo clínico
hospitalario
T.M 4
Sistema de clasificación, recepción, almacenamiento y préstamo de la
documentación clínica
T.M 5 Custodia de
Documentación clínica. Conservación y
nuevas tecnologías 2ªevaluacion
T .M 6 Arquitectura y
seguridad. Instrucciones y Normativa
T .M 7 Seguridad y
confidencialidad de la información clínica
T.M 8 Programas de
calidad de archivos clínicos 3ª
evaluación
Tema 1. Organización
sanitaria
Introducción
Concepto de sistema
Tipos de sistema
·
Estructura
del sistema sanitario público en España
·
Ley Gral. de Sanidad ( ley 14/1986)
·
Ley Gral.
de Salud Pública (ley 33/2011)
·
Estructura
del Sistema Nacional de Salud
·
Ley de cohesión
y calidad del SNS (ley 16/2003)
·
Prestaciones
del SNS
·
Ley
1/1992 del Servicio de Salud del Principado de Asturias
Introducción.
Concepto de sistemas. Tipos de sistema
Todos los países intentan alcanzar un sistema de
organización que les permita dar respuesta a los requerimientos sanitarios de población.
Las circunstancias concretas de cada país, el modelo socio-político, la
propiedad de los recursos sanitarios. La financiación del sistema… etc… dan
lugar a una gran diversidad de sistemas de prestación de atención sanitaria.
Esto equivale a decir que no es fácil trasladar la
organización de un sistema sanitario de un
país a otro.
Podríamos definir un SISTEMA SANITARIO como aquel conjunto
de estructuras organizativas, centros de servicio y actividades pertenecientes
al sector público y privado que tienen como finalidad atender las necesidades
de la población en materia de salud.
Estas estructuras organizativas son consecuencia de
particularidades propias de cada país y entre ellas destacan como más
determinantes:
1.
El papel
que desempeña el estado :
La ideología predominante o que
ejerce el poder da lugar a una amplia
variedad de sistemas: desde aquellos con una rígida planificación centralizada
hasta otros con predominio de la ideología liberal, que atribuyen un papel
importante a la iniciativa privada, pasando por aquellos otros en que los
centros de propiedad pública coexisten con los privados.
2. La práctica de la medicina y las ciudades
sanitarias
Curativa
Hay dos formas de practicar la
medicina
Preventiva
En función de los recursos
disponibles y atendiendo a la máxima eficiencia unos países optaran por una
medicina preventiva (desde la educación de la población, hábitos de higiene…)
frente a otros que lo harán por la curativa.
3. La influencia de las asociaciones
profesionales y otras organizaciones
Ya sean de carácter religioso, caritativo,
ONG, voluntariado u otro tipo.
4. Papel del ciudadano en el cuidado de su
propia salud
El grado de educación sanitaria de que
dispongan y el nivel de compromiso que adquieran
Podemos decir en un sentido amplio que los
sistemas sanitarios abarcan la práctica de la medicina:
·
Curativa
·
Preventiva
·
Rehabilitada
En la mayor parte de los países
europeos la prestación de asistencia sanitaria forma parte del Sistema de
Seguridad Social, entendiendo este como un sistema general de prestaciones de
derecho público con el objetivo de aumento de bienestar social de la población.
Las diferencias entre los
sistemas de la seguridad social se enmarcan en los siguientes aspectos:
I.
El tipo
de gestión del sistema (público o
privado)
II.
Tipo de
cobertura a la población (a todos los ciudadanos , solo a los
trabajadores que cotizan en ese sistema
, a todos los trabajadores )
III.
Tiempo
necesario de cotización para tener derecho a prestaciones
IV.
Responsabilidad
pública o privada del sistema
Estas posibles formas de organización dan lugar a 2 modelos
diferentes de Seguridad Social, entre los que se dividen la mayor parte de los
países de Europa Occidental
·
Modelo Beverigde
·
Modelo Bismarck
El modelo de SNS también llamado
Beveridge se adoptó primero en los países del Norte de Europa, en concreto: Dinamarca, Finlandia, Noruega, Suecia,
Irlanda, Reino Unido.
Y posteriormente, a partir de la
década de los 70 en los países del sur de Europa: España, Italia, Grecia, Portugal.
Algunas características de este
modelo son:
·
Financiación
a través de impuestos públicos
·
Libertad
de acceso para todos los ciudadanos
·
Gestión
por parte de las administraciones publicas
·
Control
parlamentario
Los centros asistenciales y hospitalarios reciben un
presupuesto global limitad y los profesionales que trabajan en el sistema son
generalmente empleos públicos.
La evolución de este sistema ha llegad a que en algunos
países se incorpore la gestión privada de algunos centros así como la aportación
directa de los usuarios a determinadas prestaciones (sobre todo los farmacéuticos)
El modelo Bismark de seguros
sociales proviene de la legislación social de Alemania que instauro a partir de
1881 para los trabajadores de la industria más desfavorecidos
económicamente (Ley de accidentes de trabajo,
seguros, contra enfermedades, accidentes o invalidez)
La principal característica de este modelo es:
La financiación mediante más cutas obligatorias que pagan
las empresas y los trabajadores y se ingresan en unos fondos públicos. Estos
fondos contratan médicos autónomos que cobran por acto médico realizado, así
como hospitales que funcionan con un presupuesto global limitado.
Los países de Europa Occidental que adoptaron este Sistema son: Austria, Alemania, Bélgica, Holanda y
Francia
Evolución
del Sistema Sanitario en España
El Sistema sanitario español, al igual que lo sucedido en
otros países de su entorno ha ido evolucionando a lo largo del tiempo con la
finalidad de ampliar y mejorar las prestaciones ofrecidas a la población y dar
cobertura sanitaria a un número de personas.
La implantación de Seguros Sociales en España se produjo con
un importante retraso respecto al resto de países europeos. Este retraso fue
debido fundamentalmente al subdesarrollo económico y a la lentitud del proceso
de industrialización. La evolución que ha seguido el sistema sanitario español
hasta la actualidad se puede resumir cronológicamente estos términos.
1885 -> El primer marco organizativo es la ley orgánica
de Sanidad de 28 Noviembre
1908-> Se crea el
Instituto Nacional de Previsión (INP) Marco de Seguros Voluntarios
1942-> El SOE
(Servicio Obligatorio de enfermedad) Está gestionado por el INP
1963 -> Ley de
bases de la Seguridad Social. Delimita tres áreas fundamentales (salud,
seguridad social y empleo)
1978 -> creación
del Instituto Nacional de Salud (INSALUD). Es el organismo responsable de la
asistencia sanitaria y es gestionado por el ministerio de sanidad y consumo.
1986 -> Ley Gral.
De Sanidad (instaura el sistema nacional de salud)
2011 -> Ley Gral.
De Salud Pública (modifica y deroga determinados artículos)
Ley Gral.De
Sanidad de 1986
Mediante la ley 14/1986 de 25 de Abril, la Ley Gral. De
Sanidad (LGS) se instaura el SNS que integra en su seno diversos subsistemas
sanitarios públicos dispersos hasta este momento y se constituye como un
conjunto coordinado de los servicios de salud de las C.C.A.A .Esta ley tiene por objeto tal como señala en
su artículo 1. La regulación Gral. , de todas las acciones que permitan hacer
efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43.4 concordante
de la Constitución.
Características de la Ley Gral. Desanidad:
·
Atención
primaria
·
Atención
especializada
El servicio de sanidad público se ordena en un conjunto de
estructuras fundamentales llamadas áreas de salud que tienen responsabilidad
sobre los centros que engloban y las prestaciones que en ellos se ofrecen.
Las áreas de salud se dividen a su vez en zonas básicas,
donde se desarrolla la actividad de los equipos de atención.
Área 1
|
Zona Occidente
|
Hospital de Jarrio
|
Área 2
|
Cangas , Belmonte , Tineo
|
Hospital Carmen y Severo Ochoa
|
Área 3
|
Avilés
|
Hospital San Agustín
|
Área 4
|
Oviedo
|
HUCA
|
Área 5
|
Gijón
|
Hospital de Cabueñes
|
Área 6
|
Oriente
|
Hospital Grande Covián (Arriondas)
|
Área 7
|
Mieres
|
Hospital Álvarez Buylla (Murias)
|
Área 8
|
Langreo
|
Hospital Valle del Nalón (villa)
|
Alguno de los aspectos más importantes de la ley (LGS) es:
·
Extensión de todos sus servicios a toda la
población
·
Prestación de atención Integral a la salud
o
Promoción
o
Prevención
o
Curación
o
Rehabilitación
·
Creación de una red integrada de hospitales del
sector publico accesibilidad de toda la población sea cual sea la zona
geográfica de referencia a los recursos sanitarios
·
Posibilidad de vinculación de los hospitales y
centros privados del SNS en función con las necesidades asistenciales.
·
Libre elección de médico en Atención Primaria
·
Concreción del sistema de financiación a parir
de los ingresos del Estado
·
Descentralización y determinación de las
Competencias de las desigualdades en las administraciones públicas
o
Estado
o
C.C.A.A
o
Corporaciones Locales
·
Reconocimiento del derecho al ejercicio libre de
los profesionales sanitarios, así como de la libertad de empresa en el sector sanitario.
Dictado de las normas que regirán las relaciones entre el sistema público y el privado.
Ley 1/1992 del 2 Julio Del Servicio De Salud Del Principado De Asturias
Articulo 1. Objeto
La presente Ley tiene por objeto la
creación del servicio de salud del P.A y la regulación de las actividades en
materia de sanidad e higiene que sean responsabilidad de la administración del P.A,
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma con el fin de hacer efectivo
el derecho a la protección de la salud reconocido en artículo 43 de la Constitución.
Artículo 2 .Alcance
La asistencia sanitaria pública
dentro del territorio del P.A se extenderá a todos los residentes en cualquiera
de los concejos de Asturias.
·
El acceso a prestaciones sanitarias se realizara en
condiciones de igualdad efectiva
·
El nivel de prestaciones y servicios
sanitarios-asistenciales en el P.A será como mínimo el fijado en cada momento
para los servicios sanitarios de la seguridad social.
Los ciudadanos no residentes en Asturias, así como los
transeúntes tendrán derecho a la asistencia sanitaria en la forma y condiciones
previstas en la legislación estatal y en los convenios nacionales e
internaciones de aplicación.
Artículo 3
.Principios Informados
Las actuaciones y servicio sanitarios del P.A se ajustarán a
los siguientes principios informadores:
a) Concepción
integral e integrada del sistema sanitario de P.A haciendo énfasis en la
orientación preventiva de los métodos de la planificación sanitaria, como
instrumento principal para la asignación, distribución y organización de los
recursos y actividades de los servicios de salud.
b) Descentralización
y desconcentración de la gestión en aras de una mayor nacionalización, eficacia,
simplificación y eficacia de la organización de los servicios sanitarios.
c) Participación
comunitaria en la formación de la política sanitaria en el control de la
ejecución a los distintos niveles y en el desarrollo de aquellas actividades
tendentes a elevar el nivel de salud de la comunidad.
d) Equidad y
superación de las desigualdades territoriales y socio-económicas para la
prestación de los servicios sanitarios.
e) Territorialización
y sectorización de los servicios de salud
f) Promoción
del interés individual , familiar y social por la salud mediante , entre otras
, adecuadas estrategias de información y educación sanitarias dirigidas a la
población del P.A
g) Vigilancia
sanitaria del medio ambiente
Servicio de salud del Principado de Asturias (SESPA)
Es el órgano encargado de la
asistencia sanitaria en P.A desde el 2002.
El SESPA realiza las actividades
sanitarias y de gestión de los servicios sanitarios propios de la
administración del P.A con la finalidad de proteger y mejorar el estado de
salud de la población Asturiana. En su estructura orgánica regulada por el
Decreto 163/2012 de 11 Julio, plantea, entre tras las siguientes novedades significativas:
·
La puesta en marcha de una comisión central de compras
para conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos y servicios, la
creación de una comisión de uso nacional de los medicamentos y productos
sanitarios.
·
La creación de una oficina para la gestión del
traslado al nuevo HUCA
·
La unificación de 10 de las 13 Gerencias existentes
pasando a ser ocho, una por área sanitaria.
Cada
gerencia contará con:
o Dirección
de Atención Sanitaria
o Dirección de enfermería del Área Sanitaria
o Dirección de gestión del Área Sanitaria
o Servicio de atención al usuario , Dirección de Gestión
del Área Sanitaria y programación asistencial
Ley de
Cohesión y Calidad del SNS
16/2003 de
28 de Mayo de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud
Transcurridos más de 16 años desde la entrada en vigor de la
ley General de sanidad se han producido profundos cambios en la sociedad tanto culturales,
tecnológicos y socioeconómicos como en la manera de vivir y de enfermar.
Y se plantean nuevos retos para la organización del SNS como
son la orientación del papel de los usuarios como decisores , la implicación de
los profesionales en las reformas administrativas , las actuaciones clínicas y
la toma de decisiones basadas en la evidencia científica así como la búsqueda
de mecanismos de integración en la atención sanitaria y la socio-sanitaria
retos todos ellos que han puesto de manifiesto la necesidad del funcionamiento
cohesionad del Estado y de las comunidades autónomas para complementar algunos
elementos esenciales del SNS de manera que pueda adaptarse a la modernización
que el entorno le exige .
Por todo ello esta ley
establece acciones de coordinación y cooperación de las administraciones
públicas sanitarias como medio para asegurar a los ciudadanos el derecho a la
protección de la salud, con el objetivo común de garantizar la equidad, la
calidad y la participación social en el SNS.
a) Equidad, en
la línea de desarrollo del principio constitucional de igualdad, que garantice
el acceso a las prestaciones y de esta manera el derecho a la protección de la
salud en condiciones de igualdad efectiva en todo el territorio y posibilite la
libre circulación de todos los ciudadanos.
b) Calidad ,
que conjugue la incorporación de innovaciones con la seguridad y efectividad de
éstas , que oriente los esfuerzos del sistema hacia la anticipación de los
problemas de salud o hacia soluciones eficaces cuando estos aparecen calidad
que evalué el beneficio de las actuaciones clínicas incorporando solo aquello
solo aquello que aporte un valor añadido a la mejora de la salud e implicando a
todos los actores de sistema
c) Y por
último , participación ciudadana tanto en el respeto a la autonomía de sus
decisiones individuales como en la consideración de sus expectativas como
colectivo de usuarios del sistema sanitario , y para permitir el intercambio de
conocimientos y experiencias
La experiencia en coordinación
sanitaria desde la aprobación de la Ley Gral. De sanidad hace necesaria la
búsqueda de un nuevo modelo, que aprueba esa experiencia y ofrezca nuevos
instrumentos que permitan a los ciudadanos recibir un servicio sanitario
público de calidad y en condiciones de igualdad efectiva en el acceso,
independientemente del lugar de su residencia.
La primera aportación de la ley al
nuevo modelo es la definición de aquellos ámbitos en que es precisa la
colaboración entre el Estado y las comunidades autónomas. En estos ámbitos se define un núcleo común de actuación del
SNS y de los servicios de salud que lo integran. Sin interferir en la
diversidad de fórmulas organizativas, de gestión y de prestación de servicios
constitucional con un Estado descentralizado
se pretende que la atención al ciudadano por los servicios públicos
sanitarios responda a unas garantías básicas y comunes. Los ámbitos de
colaboración entre las administraciones públicas sanitarias definidas por esta
ley son:
o Las
prestaciones del SNS
o La farmacia
o Los
profesionales sanitarios
o La
investigación
o Sistema de
información sanitaria
o La calidad
del Sistema Sanitario
Estos seis ámbitos representan para
el ciudadano la seguridad de las prestaciones en todo el territorio del Estado
que los profesionales sanitarios tendrán los mismas garantías de competencia profesional,
que la investigación se orientará a las necesidades de salud de la población,
que la información sanitaria fluirá en todo el sistema y que la calidad será un
objetivo común dentro del SNS. Además de las seis áreas sanitarias adopten un
enfoque integral en la atención a las enfermedades más prevalentes.
En salud pública se identifican aquellos
ámbitos en los que se refiere a un enfoque conjunto. Para que ello sea factible
la ley diseña una serie de instrumentos para tomar aquellas decisiones que
corresponde asumir conjuntamente al Estado y las comunidades autónomas. De esta
forma, la ley crea o potencia órganos especializados que se abren a la
participación de las comunidades autónomas, así:
1) La Agencia
de evaluación de Tecnologías
2) La Agencia
Española de Medicamentos y productos sanitarios
3) La Comisión
de Recursos Humanos
4) Comisión
Asesora de Investigación en Salud
5) Instituto
de Salud Carlos III
6) El
Instituto de información sanitaria
7) Agencia de
calidad del SNS
8) Observatorio
del SNS
El órgano básico de cohesión es el consejo Interterritorial
del SNS al que se dota de mayor agilidad en la toma de decisiones y de
mecanismos para la búsqueda de consensos así como para la vinculación entre las
partes en la asunción de estas decisiones dentro del consejo Interterritorial
del SNS la ley busca la Colaboración de las administraciones públicas
sanitarias con la finalidad de mejorar el funcionamiento del SNS , la equidad ,
la calidad y la participación como objetivos comunes las actuaciones en los
diferentes ámbitos y los instrumentos para llevarlas a cabo constituyen el
núcleo básico del SNS y lo que proporciona unos derechos comunes a todos los
ciudadanos.
Ley 33/2011
4 Octubre Ley Gral. De Salud Pública
La ley Gral. De Salud pública garantiza la universalización
de la sanidad pública, es decir, la sanidad a todos los españoles al mismo
tiempo que regula la profesión del psicólogo sanitario hasta ahora no reconocida.
La norma establece que tendrán la consideración de profesión sanitaria titulada
y regulada con la denominación de Psicólogo General Sanitario aquellos
licenciados / graduados en Psicología cuando desarrollen su actividad
profesional por cuenta propia o ajena en el sector sanitario , siempre que
además del mencionado título universitario ostenten el título oficial de Máster
en Psicología General sanitaria , su cometido se centrará en la realización de
investigaciones evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y
la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado
general de su salud siempre que dichas actividades no requieren una atención
especializada por parte de otros profesionales sanitarios , la necesidad de
crear esta formación sanitaria específica para os psicólogos quedó recogida en
la Ley de Economía Social que establecía en un plazo de doce meses desde su
entrada en vigor para remitir a las cortes su proyecto de ley que regulase su
actividad y definiese las condiciones de acceso de dicha profesión .
Principales
características
El propósito de esta
ley es poner en evidencia que la salud extendida como el bienestar físico ,
psíquico y social es el resultado de numerosos factores y condicionantes que se
presentan en el ámbito social , laboral , educativo así como de otros factores
relacionados con el medio ambiente , la alimentación y los estilos de vida de
ahí que su enfoque se dirija a establecer nuevas formas de organizar para
conformar acciones que aperado en el ámbito de los servicios sanitarios
permitan actuar para conseguir una mejora de la salud de la población . Esta
Ley plantea que las actuaciones dirigidas a la mejora de la salud deben ser un
tema transversal incorporado en todas las políticas. Para ello establece una
estrategia de salud pública que definía las áreas de actuación sobre los
factores condicionantes de la salud y que aprobará el consejo del SNS. Esta
estrategia va a determinar que el ámbito de la salud pública en los que por su
especial incidencia en el conjunto de población sea de interés fomentar y
promover la investigación. La universalidad del SNS es otro de los puntos
vitales de esta ley. La Ley de Salud pública extenderá el derecho a la
asistencia sanitaria pública a todos los españoles residentes en territorio
nacional a los que no pudiera serles reconocido en aplicación de otras formas
de ordenamiento Jurídico.
Esta medida afecta sobra todo a aquellas personas en para que
ya han agotado la prestación o el subsidio de desempleo y o determinados
colectivos con abogados o arquitectos.
También permitirá la creación de un Centro Estatal de Salud
que se encargara del asesoramiento técnico en materia de salud pública. Las
actuaciones de salud pública tendrán en cuenta políticas de carácter no
sanitario que influyan sobra la salud de la población y se promoverán las que
favorezcan los entornos saludables. La ley también establece que a los
profesionales sanitarios de la salud pública se les aplicara lo dispuesto en el
título III sobre desarrollo profesional y su reconocimiento de la Ley 44/2003
21 de Noviembre de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) definiéndose
necesariamente la correspondiente carrera profesional. Igualmente se ha
acordado la creación de la red de la vigilancia de SP un sistema que coordinará
los diferentes sistemas de vigilancia ya existentes e incluirá entre sus
sistemas el de alerta precoz y respuesta rápida. Este sistema tendrá un
funcionamiento serán determinados a través de un reglamento.
Sistemas de
información en salud pública
La consecución de buenos resultados en salud requiere
actuaciones cuyo objetivo sea la equidad es decir, la disminución de brechas en
el sistema a nivel de salud de distintos sectores de la población. Para poder
definir políticas que disminuyen las inequidades es necesario
previamente identificarlas. Esta Ley contempla la creación del Sistema De Información
en salud pública que incluirá la información relevante para la toma de
decisiones y la elaboración de políticas publicas
Otros de los retos que afronta esta ley es la seguridad comunitaria.
La globalización los cambios medioambientales y el tráfico internacional de
bienes servicios y personas. Crean las condiciones favorables para las
emergencias de nuevos riesgos para la salud. En este sentido esta ley plantea
un sistema de alerta precoz y respuesta rápida para detención y evaluación de
incidentes reforzando la coordinación entre el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad y las comunidades autónomas incluidas las ciudades de Ceuta
y Melilla.
Especial
Atención a la prevención
El texto pone énfasis en la importancia de las acciones
preventivas y la salud comunitaria en los servicios sanitarios en especial en
la A.P y propone actuaciones dirigidas a la coordinación de la promoción de la
salud y la prevención de enfermedades y de lesiones en el SNS. Las actuaciones
de salud pública deberán incluir garantías de máxima calidad. Para ello el
Ministerio de Salud y Servicios Sociales e Igualdad establecerá y actualizara
criterios de buenas prácticas para las actuaciones de Servicio público y
someterlas a evaluación el impacto en la salud de la población de las acciones seleccionadaspreviamente.
Antecedentes
y objetivos fundamentales
Trata de promover la salud y prevenir la enfermedad y
prolongar la vida mediante esfuerzos organizados de la sociedad y aunque los
servicios sanitarios son imprescindibles para hacer frente a las
enfermedades no son los principales
condicionantes del estado de salud. En este sentido existen otros factores que influyen como el
entorno familiar y social la educación,
el diseño de las ciudades la alimentación.
En este sentido el
derecho a la protección de la salud contenido en la Constitución española
requiere una norma que lo complete y especifique los derechos y deberes de los
ciudadanos relacionados con la prevención, la promoción y la protección de la
salud pues hasta la fecha las estructuras sanitarias se han centrado más en la
atención sanitaria y la resolución de enfermedades que en la prevención. Por,
otro lado, es necesario adoptar los servicios y dispositivos de salud pública a
los avances científicos y los problemas de salud que pueden producirse en los
próximos decenios.
Además se hace necesario coordinar la regulación sobre la materia se han ido desarrollando las
CA. Unas ya han promulgado sus propias leyes de SP mientras que otras
encuentran en elaboración. La finalidad última de esta norma es alcanzar y
mantener el máximo nivel de salud de la sociedad española estableciendo las
bases generales para que se presten con la mayor calidad, seguridad y
eficiencia posibles. De este modo, la norma se concreta en los siguientes objetivos:
o Disminuir las desigualdades injustas en la
salud , culturales o de genero
o Establecer los instrumentos necesarios para la correcta
planificación y coordinación de la salud publica en nuestro país
En el ámbito de los derechos y deberes, la norma recoge por
primera vez tanto en España como en otros países la vigilancia de las
condiciones de salud, asimismo entre las
obligaciones de las administraciones se especifica el deber de garantizar la
independencia y la transparencia de sus actuaciones en salud pública.
Actuaciones
en salud pública:
En materia de actuaciones de prevención promoción
y protección de la salud pone especial énfasis en prevenir de la
discapacidad y en evitar intervención de la salud pública innecesaria o de
eficacia no demostrada científicamente con el objeto de evitar molestias
innecesarias en los ciudadanos.
Otro de los avances que introduce el anti-proyecto en la
seguridad sanitaria es la inclusión de la evolución del impacto en la salud
humana de las diversas actuaciones públicas, lo que situará a España entre los
países avanzados en este ámbito.
Planificación
y coordinación
Además de todo lo anterior, la ley contiene los elementos
necesarios para la planificación y coordinación de la salud publica en España. En
este sentid se creará el Centro de análisis de políticas y actuaciones en salud
pública tiene como objetivo la
realización de asesoramiento técnico en materia de salud pública y la evolución
de actuaciones de salud pública en el ámbito de la Administración General del
Estado. También se consolidará como órgano de coordinación la comisión de salud
pública dependiente del consejo
Interterritorial del SNS para garantizar cohesión y equidad de las actuaciones
de salud pública y su integración en todas las políticas con impacto en salud.
Por último, también se creará el Consejo español de SP como órgano colegiado de consulta y
participación escrito en el Ministerio de Salud, servicios sociales e Igualdad
en el que estarán representantes de los departamentos de la administración
general del estado cuyas políticas inciden en la salud y aquellas otras administraciones,
organismo y organizaciones que aseguran una adecuada gobernanza del sistema.
En definitiva, la ley supondrá una mejora del bienestar de la
población y la sostenibilidad de los servicios sanitarios y sociales.
Organización
del sistema sanitario español.
Actualmente podemos hablar de distintos niveles organizativos.
Funciones
de la administración central:
El órgano fundamental que tiene asignados las competencias en
materia de sanidad es el ministerio de sanidad,servicios sociales e igualdad
responsable entre otras funciones de:
·
Proponer
y ejecutar las directrices del
gobierno sobre política de salud, planificación y asistencia sanitaria.
·
Otras
competencias sanitarias que corresponden a la administración central del
estado son :
o
Actividad
de sanidad exterior :
Vigilancia y control de posibles riesgos para la salud derivados de la importación,
exportación o tránsito de mercancías y del tráfico internacional de viajeros
(LGS).
o
Legislación
sobre productos farmacéuticos y acerca del proceso de producción de los mismos.
o
Alta
inspección tiene como función garantizar el cumplimiento de las
competencias del estado y de las comunidades autónomas en materia de sanidad
(LGS,43)
Funciones
de las administraciones autónomas
El sistema sanitario público se organiza según las LGS
mediante la estructura de los servicios de salud de las diferentes comunidades autónomas,
con funciones para regular y asignar los medios personales y materiales de los
servicios sanitarios de su territorio.
Estos servicios se ordenan mediante las denominadas áreas de
salud o demarcaciones que se establecen según criterios geográficos,culturales,socioeconómicos,demográficos.
Cada una de estas áreas de salud a su vez subdividida en
zonas básicas de salud que se encargan del primer nivel asistencial. En cualquier
caso, estas áreas de salud desarrollan actividades bien en el ámbito de la
atención primaria de salud mediante equipos de atención primaria o bien en el
nivel de atención especializada en hospitales y/o centros especializados
dependientes funcionalmente de estas.
La denominación y cantidad de las estructuras de ordenación
sanitaria varían en cada comunidad autónomas las acciones de planificación
general , criterios de actuación y propuesta de asignación presupuestaria es
función , en cambio , de las consejerías de salud que tienen , además en el
desarrollo normativo en materia de :
·
Salud e
higiene
·
Ordenación
farmacéutica
·
Seguridad
social
La denominación y composición de los órganos gestores de
estos organismos varía también en función de Comunidad Autónoma de que se trate,
por otro lado la LGS contempla que cada comunidad autónoma deberá elaborar un
plan de salud que comprenda todas las acciones sanitarias necesarias para
cumplir los objetivos de los respectivos servicios de salud, los planes de salud
contemplan en su elaboración diferentes bases:
·
Análisis de
la situación de la salud de la
población
·
Identificación
de problemas
·
Definición
de objetivos e intervenciones necesarias
·
Definición
de los criterios de evaluación de las intervenciones
Funciones
de las comunidades autónomas
·
es importante tener en cuenta que las corporaciones
locales también pueden participar en la gestión y el control de las áreas de
salud y tienen algunas competencias importantes en materia de sanidad como:
I.
control de los efectos del medio sobre la salud de los
individuos : contaminación , aguas , residuos urbanos ...
II.
control de edificios y lugares públicos
III.
control de la cadena de distribución de alimentos y bebidas.
IV.
control de cementerios
Tema 2. Organización
hospitalaria
Niveles de
asistencia y tipos de prestaciones
El SNS tiene
tres niveles de asistencia que proporciona diferentes prestaciones a la población.
Atención primaria. Nivel primario de asistencia
Según la OMS,
la atención primaria es la atención médico-sanitaria –social puesta al alcance
de todos los individuos y familias de la comunidad por medios que le sean aceptables,
con su plena participación y a un coste que la comunidad y el país puedan
soportar la atención primaria a la vez
que constituye el SNS forma parte del desarrollo económico y social de la comunidad.
Estructura,
ordenación y elementos de la atención primaria
A través del
nivel primario de asistencia, toda la población accede al SNS. Es la base
fundamental del sistema y es aquí donde se solucionan la mayoría de los
problemas de salud y de enfermedad que presenta el 80 % de la población.
De esta
forma se pretende solo acceda a los especialistas (nivel secundario) y la
población que realmente lo necesita ya que en estos niveles las prestaciones
tienen un mayor coste y los recursos son máslimitado. Son varias las modalidades
en que puede estructurarse organizativamente la atención primaria. En líneas
generales podemos hablar de:
·
centros
de salud
·
centros
asistenciales especializados.
Centros de salud
Pueden
diferenciarse a su vez en función del tipo de servicio que prestan a la
población en:
·
Servicios exclusivamente preventivos
·
Servicios exclusivamente o
principalmente curativos
·
Servicios integrales
Centros asistenciales especializados
Son aquellos
en los que solo se da atención a enfermos con patologías determinadas (psicológicos, mentales) o bien
solo se da cobertura a un grupo concreto de población.
Si nos
atenemos a la definición moderna de atención primaria, y en concreto a la
declaración de Alma-Ata, el centro de salud integral es la estructura funcional
y física en la que mejor se desarrollan todas las actividades propias de la
atención primaria promoción de la salud
prevención de la enfermedad
asistencia curativa, rehabilitación y reinserciónsocial.
Tipos de prestaciones en la atención
primaria
Las
prestaciones ofrecidas en el nivel primario incluyen:
·
Medicina general (incluyendo atención materno infantil
y urgencias )
·
Atención bucodental
·
Laboratorio básico
·
Estadísticas de salud y demografía
·
Control de grupos de riesgos (diabéticos, hipertensos etc...)
·
Educación para la salud
Equipo de atención primaria
El equipo de
atención primaria, equipo de salud es un
grupo de profesionales que orienta su actividad de forma organizada para
conseguir un objetivo de salud los componentes del equipo de salud son todos
los técnicos administrativos y auxiliares y necesarios para realizar el
programa de salud y todas aquellas actividades ligadas al desarrollo del mismo.
Así se contempla en el Real Decreto (137/84) sobre
estructura básicas de salud,donde se precisa que el conjunto de profesionales
sanitarios y no sanitarios con actuación en la zona de salud re cabe el nombre
de equipo de atención primaria. Algunos autores distinguen entre equipo básico
y otros profesionales en directa colaboración conestas. Sin embargo, en algunas
comunidades autónomas la tendencia es a ir considerando al odontólogo como
miembro del equipo básico. Las funciones y responsabilidades de cada miembro
integrante de los equipos de salud deben estar claramente definidas en el
Reglamento de Régimen Interno.
Funciones y
actividades que ha de desempeñar el equipo de A.P
·
Promoción de la salud
·
Prevención
·
Asistencia
·
Rehabilitación
·
Funcionamiento interno y soporte
Problema de salud y programa de salud
Una
situación desfavorable para la salud de una persona o de una comunidad y las
dificultades que existen para resolverla es lo que llamamos problemas de salud
Para
describir problemas de salud se utilizan medidas cuantitativas y cualitativas. A
estas medidas se las conoce como “Indicadores de Salud “. Así podemos citar
entre otros indicadores:
·
Frecuencia número de casos
·
Tendencia – inclinación de un
problema de salud
Una vez se
ha estudiado a fondo la situación de salud de una comunidad que se ha
identificado los problemas y determinados los objetivos que se pretenden
alcanzar , deben planificar y desarrollar las acciones necesarias para alcanzar
dichos objetivos a este proceso se le llama programa de salud .
El diseño de
un programa de salud requiere determinar los recursos necesarios para llevarlo
a cabo así como definir los criterios de evolución de los resultados obtenidos.
Podemos
hablar de tantos programas de salud como problemas de salud se dan en la
comunidad autónoma.
·
Salud materno infantil
·
Control de enfermedades infecciosas
·
Vacunaciones
·
Control de alimentos
·
Atención a la mujer , toco
ginecología , planificación familiar
Nivel secundario y nivel terciario de
asistencia
Nivel secundario
A él, acuden
aquellos ciudadanos cutos problemas de salud no se han podido solucionar en el
nivel primario debido a su grado de complejidad. En este nivel de Asistencia se
ofrecen servicios de hospitalización con asistencia médica y de enfermedad al
menos en medicina interna, cirugía general,obstetricia (área de la medicina que
se ocupa del embarazo, parto, postparto.
Este nivel
se caracteriza por servir de enlace entre el nivel terciario y el primario y
por prestar apoyo permanente nivel primario 15 y 20 % de la demanda de asistencia.
Nivel terciario
Este nivel
lo forman los hospitales de alta especialización y con recursos tecnológicos másavanzados. Generalmente son centros importantes de investigación.
Y en ellos se imparte formación a profesionales sanitarios y a estudiantes
universitarios de ciencia de la salud. A pesar de que estos hospitales solo
alcanzan del 3 al 5 % de la demanda. Su coste representa el 50% de los gastos.
El hospital
Evolución histórica:
La existencia de hospitales se
remonta másallá de la edad media en la historia.
Tradicionalmente y hasta no hace
muchos años los hospitales se dedicaban a atender enfermos y ancianos carentes
de recursos. Las enfermedades producían rechazo, aislamiento… La asistencia a
los pobres y enfermería requería paciencia,sacrificio: los cuidados se ofrecían
por caridad, por amor al prójimo, por amor a dios.
Estas personas caritativas y los
religiosos los que solían ocuparse de los enfermos. Era frecuente la presencia
de hospitales junta monasterios. Particularmente en los caminos de peregrinos. Los
primeros hospitales eran sostenidos por particulares órdenes religiosas o
corporaciones ciudadanos.
Algunos de estos hospitales acogían
enfermos contagiosos. El papel destacado que había tenido de la Iglesia en
todos los aspectos de la sanidad fue pasando poco a poco a la realeza a
principios del siglo XV intervienen los reyes instituyendo barberos y cirujanos.
Bien entrado el siglo XVIII aparecen documentos donde se destacan aspectos de
organización hospitalaria, tales como la adecuación del personal a las
necesidades de asistencia.
Hasta comienzos de la segunda mitad
del siglo XX no empieza a considerarse el hospital, a escala legislativa, cm
una institución al servicio todos las categorías de hospitales públicas con
abandonando su carácter caritativo y se transforma progresivamente en centros
de diagnostico.
Tipos de hospital
La
clasificación de los hospitales se puede hacer atendiendo a diversos criterios
en cuanto a la regularización de la estructura:
La OMS
define tres niveles:
·
Hospital regional:un
hospital central o base del sector terciario 300 y 1000 camas pero lo
recomendable son 600. Da cobertura a zonas de más de 1000000 de habitantes
·
Hospital de nivel medio: servicios básicos algunos especializados
decirugía,pediatría. 200 a 300 camas. 250.000 habitantes.
·
Hospital de nivel local, urbano o
rural “comarcal”. Atención
primaria .50 a 100 camas y 60.000 habitantes
Otra posible clasificación es por el grado de especialización:
·
Hospitales de nivel tres : mayor especialización
·
Hospitales de nivel dos : complejidad media
·
Hospital de nivel uno : menor complejidad
·
Hospital de enfermos agudos
·
Hospital de enfermos crónicos ,
residencias geriátricas asistidas
Algunos
hospitales tratan únicamente un aspecto de la salud, salud mental, o un sector
de la población por ejemplo: los hospitales infantiles, hablamos entonces de
centros monográficos.
En cuanto a
la propiedad de los hospitales podemos
dividirlos en:
·
Hospitales propios de la red pública
sanitaria
·
Otros centros públicos
Pertenecientes a administraciones locales patronatos,diputaciones, que
prestan sus servicios a la red pública mediante concertación.
·
Privados
Estructura y funciones básicas
Las
comunidades autónomas con responsabilidad en la planificación sanitaria normalizan mediante ordenes de acreditación,
la estructura física, organizativa y funcional de los hospitales que van a ser
utilizados por el sistema público. Con ello se pretende garantizar además de la
atención sanitaria adecuada, aspectos relativos a la seguridad, estructura y
mantenimiento de los hospitales desde una perspectiva arquitectónica y de ingeniería.
Los
hospitales se organizan habitualmente por servicios ya sean de especialidades médicas
o quirúrgicas. Las secciones o unidades de servicio, también llamadas unidades
de hospitalización son confiadas al equipo de enfermería.
Los
hospitales en general cuentan con:
·
Servicio de urgencias
·
Unidades de hospitalización
·
Hospital de díapara enfermos que no pernoctan en el
centro y que durante el día son sometidos a tratamiento , pruebas , diagnosticas
u observación
·
Servicios de diagnostico
·
Medicina preventiva o medicina del
trabajo
·
Servicios de control de la infección
·
Servicios centrales o de apoyo (gerencia, direcciones, servicios de
admisión servicios social…)
Las
funciones básicas del hospital son:
·
Asistencia
·
Docencia
·
Investigación
Las dos últimas
se desarrollan según el tipo de hospital.
Funciones del hospital:
·
Dar
cobertura a la AP y mantener plena coordinación con esta en sus intervenciones
·
Dara
asistencia sanitaria a la población de referencia que le corresponda
·
Informar
y formar para la salud
·
Garantizar
la continuidad de los conocimientos de sus profesionales
·
Participar
en las líneas de investigación que permitan un avance en la asistencia
sanitaria
·
Gestionar
correctamente sus recursos equilibrando gastos e ingresos
Modelo organizativos: organigrama
Desde los
modelos más “directivos” a los modelosmás participativos son múltiples las formas
de concebir la organización en los hospitales.
El tipo de titularidad,
pública o privada, y el hecho de que un hospital tenga fines lucrativos o no
puede condicionar el modelo de organización.
En fincas
generales podemos decir que los modelos muy directivos controlan a las personas
y se basan en el principio de autoridad, mientras que los más participativos
motivan a los profesionales y se basan en el liderazgo. En el informe de análisis
y evolución del sistema sanitario,popularmenteconocidocon el informe Abril
(1990-1991) se proponía atacar e integrar al personal sanitario en la reforma
de sistema mediante una mayor participación y vinculación al mismo. Un modelo
organizativo de gestión participativa es el llamado DPO de dirección por objetivos,
Según este modelo, la unidad operativa es el servicio. Cada servicio fija sus
objetivos previamente discutidos y consensuados con todos los miembros de la dirección,manteniendo
el compromiso de desarrollarlos a lo largo del año. En algunos centros, el
disponer de algún medio de incentivación, n necesariamente retribuidamejora la predisposición
de los profesionales a alcanzar los objetivos fijados. La estructura de
organización de un hospital o una empresa se representa mediante un organigrama,
el cual indica las líneas de decisión
responsabilidad y coordinación. Organigrama
de un hospital nivel tres:

Red hospitalaria del principado de
Asturias
Consejería
de salud y servicios sanitarios.
Decreto
17/2002, 30 mayo, por el que se regulan la red hospitalaria pública y la red
sanitaria de utilización pública.
La ley del
P.A 1/1992 de julio del SESPA creó de forma prudente y previsora el SSCA con la
finalidad de realizar actividades sanitarias
que gestiona los servicios propia de la A.P.A y los que le fuesen asignados en el momento
de producirse ampliaciones competenciales en esta materia. Una vez producido el
traspaso de competencias y medios de la A.S.S.S por Real decreto 1471/2001 27
diciembre es necesario desarrollar los mandatos contenidos de la citada ley
1/1992 que, en tanto no se produjera la
de estas.
·
Hospital
de área
·
Hospital
agudo asociado
·
Centro
de convalecencia
·
Centro
privado o concertado
2. Se considera hospital de área a aquel
centro que con independencia de sus denominación tenga como finalidad la
prestación de atención especializada medica quirúrgica o médico – quirúrgica a
los enfermos remitidos desde A.P o atendidos en los S.U y que reúna los
servicios consideradas suficientes para dar respuesta a las necesidades de la
población de un área o distrito de los
establecidos en el mapa sanitario del P.A aprobado por Decreto 87/2001 2
agosto.
Los hospitales
de área son:
i.
Hospital
de Jarrio
ii.
Hospital
de “Carmen y Severo Ochoa “
iii.
Hospital
San Agustín
iv.
HUCA
v.
JOVE
Distrito 1
Cabueñes Distrito 2
vi.
Hospital
Grande Covián (Arriondas)
vii.
Hospital
Álvarez Buylla
viii.
Hospital
Valle del Nalón
Se considera hospital de Agudos
Asociado aquel
centro que con independencia de su denominación tenga como finalidad principal
la atención especializada médica quirúrgica o medico quirúrgica de carácter
general o especifico y que se caracterizan por no necesitar de equipamiento de
alta tecnología para llevar a cabo sus objetivos asistenciales, precisando
estar asociado a un hospital de área para ciertos procesos diagnósticos o
terapéuticos complejos. Todos los hospitales de Agudos desarrollan su actividad
asistencial de forma coordinada con el hospital de área o de distrito al cual
se asocien y de acuerdo con las directrices de la dirección Gerencia del SESPA
en cuanto a la coordinación asistencial precisa.
Se considera centro de convalecencia aquel centro que tiene como actividad
principal la provisión de cuidados complejos y con gran carga sanitaria. En
este nivel se incluyen los centros para atención prolongada y para
rehabilitación psicosocial de pacientes con trastornos mentales que en razón de
las necesidades específicas de este colectivo tengan una estructura y
organización singulares.
Se considera centro concertado aquel centro de titularidad no públicaque
con indecencia de su denominación y nivel tecnológico, presta un determinado servicio,diagnósticos
o terapéuticas por periodos concretos con financiación pública y de acuerdo con
las directrices definidas y acordadas con SS del P.A mediante concierto o convenio.
Servicios del hospital
Los
servicios que frece el hospital están supeditados al tipo de hospital del que tratemos:

Equipamiento
TAC
helicoidal
|
4
|
RNM
|
2
|
Litotrictor
|
1
|
Angiográfo
digitales
|
2
|
Sala
hemodinámicas
|
2
|
Sala
electrofisiológica
|
1
|
Acelerador
lineal
|
3
|
Radioterapia
superficial
|
1
|
Planificador
|
3
|
Simulador
|
2
|
Riñones
artificiales
|
40
|
Equipo
cobaltoterapia
|
1
|
Tomogamacamara
ESPECT
|
1
|
Equipos
portátiles RX
|
9
|
Alta
tasa
|
2
|
Ecocardiografía
|
6
|
Ecógrafo
RX
|
14
|
Ecógrafo
en otros servicios
|
14
|
Mamógrafo
|
2
|
Sala
convencional RX
|
21
|
Tórax
automáticos
|
7
|
Tele
mando RX
|
5
|
Arco
multifunción RX
|
1
|
Radioquirúrgicos
|
8
|
Ortopantomografo
|
2
|
Especialidades
Alergología
|
Microbiología
y parasitología
|
Análisis
clínicos
|
Nefrología
|
Anatomía
patológica
|
Neumología
|
Anestesiología
y reanimación
|
Neurocirugía
|
Angiología
y cardio vascular
|
Neurofisiología
clínica
|
A.
digestivo
|
Neurología
|
Bioquímica
clínica
|
Obstetricia
y ginecología
|
Cardiología
|
Oftalmología
oncológica
|
Cirugía
vascular
|
Oncología
médica
|
Cirugía
general y A. digestivo
|
Oncología
radioterapia
|
Cirugía
maxilofacial
|
Otorrinolaringología
|
Cirugía
pediátrica
|
Pediatra
|
Cirugía
torácica
|
Psiquiatría
|
Cirugía
plástica
|
Radiodiagnóstico
|
Dermatología
|
Rehabilitación
|
Endocrinología
y nutrición
|
Reumatología
|
Farmacia
hospitalaria
|
Traumatología
y cirugía ortopédica
|
Hematología
y hemoteras
|
Urología
|
Inmunología
|
Medicina
preventiva y salud publica
|
Medicina
intensiva
|
Prevención
de riesgos laborales
|
Medicina
interna
|
Admisión
y documentación clínica
|
Medicina
nuclear
|
Medicina
familiar y comunitaria
|
Personal
del hospital
Podemos realizar una clasificación sencilla del personal:
a)
Personal
facultativo
b)
Personal
técnico
c)
Personal
auxiliar
d)
Personal
administrativo
e)
Personal
subalterno
·
Personal facultativo:
médicos, biólogos, fisioterapeutas, farmacéuticos, enfermeros, psicólogos.
Ingenieros, arquitectos .R.L, logopedas, químicos, abogados.
·
Personal técnico:
técnico de radiodiagnóstico, anatomía patológica, técnico de laboratorio
diagnostico-clínico, técnico dietético, técnico de prótesis, técnico en
educación infantil, técnico en documentación sanitaria.
·
Personal auxiliar:
auxiliar de enfermería, farmacia, atención socio sanitaria, celadores.
·
Personal administrativo: auxiliar administrativo,
secretario, diplomados en administrativo.
·
Personal subalterno:
mantenimiento, fontaneros, electricistas, personal de limpieza.
El SADC:
Modelos de funcionamiento y funciones
Los servicios de
admisión y documentación clínica.
En los últimos años tal como refleja el R.D 866/2001 20 Julio , por el que se crea en el ámbito de
las instituciones sanitarias de atención especializada del INSALUD la categoría
del médico de admisión y documentación clínica , el aumento de la demanda de la
atención especializada , la mayor complejidad de los puestos especializados y
la necesidad de gestionar un sistema de información homogéneo , fiable y suficiente han originado en las organizaciones
hospitalarias la necesidad de articular una estructura que ordene y coordine
las actividades que se producen alrededor de la Atención Médica con el fin de
facilitar el acceso de la población a los recursos disponibles , mantenimiento los principios básicos de
equidad y eficiencia en la utilización de los mismos y garantizando la cohesión
del conjunto de la organización frente el paciente y su proceso asistencial .
Esta estructura de apoyo en buena parte de los hospitales españoles la constituyen
hoy en día los SADC.
En el año 2000 el INSALUD publicó la guía de gestión de los
servicios de admisión y documentación clínica
elaborada por un conjunto de profesionales que se habían constituido
como grupo de trabajo de la sociedad española de documentación médica (SEDOM)
en 1998 la guía nació con vocación de normalizar funciones y ser punto de
partida hacia nuevos desarrollos estableciendo tres ámbitos principales de
competencia de los SADC : gestión de la documentación clínica , información
asistencial y gestión de pacientes .
Gestión de
documentación clínica:
Tiene como objetivo organizar y gestionar toda la información
clínica generada a lo largo de los sucesivos asistenciales del paciente:
Aspectos fundamentales sobre gestión están regulados por la
Ley 41/2002 14 Noviembre básica reguladora de la autonomía del paciente y de
los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
así como por desarrollo normativo autonómico de dicha ley de gestión de la
documentación clínica se concreta en tres aspectos fundamentales:
I.
Gestionar
la historia clínica
II.
Los
archivos de documentación
III.
Historias
clínicas y codificación clínica
Gestionar
la historia clínica
En general todos los aspectos relacionados con esta gestión
de la H.C se han tratado en el V informe SEIS dedicado a este tema:
·
Identificar
la H.C
·
Diseñar y
mantener actualizado el formato de H.C
·
Clasificar
, integrar y coordinar toda la información clínico asistencial generada independientemente
de su soporte físico
·
Controlar
la calidad de la H.C
·
Garantizar
la accesibilidad de la historia , elaborando la normativa acerca de la
localización , el préstamo y la devolución de las H.C
Gestionar y organizar los archivos de documentación e H.C
Asegurando que su configuración y
utilización se ajustan a la ley orgánica 15/1999 13 Diciembre de protección de
datos de carácter personal. Supone:
·
Custodiar ,
prestar y recepcionar las historias clínicas
Supervisión
y ejecución de las normas del centro que regulan el acceso y disponibilidad de
la HC y de la información en ella contenida, preparación y préstamo (registro
del tipo de documentación, solicitada, solicitante, motivos, fines y fecha en
que se necesita, desarchivada, registro de la documentación y envío de la misma)
y recepción (registro de documentación devuelta al Archivo y archivado)
·
Realizar el
seguimiento de la documentación prestada :
Mantenimiento
del registro de préstamo –recepción de la HC en el archivo y reclamación activa
de la documentación no devuelta en los plazos establecidos.
·
Identificar
, mantener y tratar la documentación clínica de menor posibilidad de uso
asistencial posterior:
Definición
y mantenimiento pasivo, así como la relación activo-pasivo (reactivación).
·
Evaluar las
actividades y control de calidad del Archivo de H.C
Organizar y
gestionar operativamente la codificación clínica.
·
Definir las
fuentes de datos del sistema de información clínica
·
Tratar la información
clínica extraída de las HC
o Indización : identificación de diagnósticos y
procedimientos , selección de diagnostico , principal y codificación a través .
Elaboración y validación de la
información recogida en el episodio asistencial para configurar el CMBD de
ingresos cirugía ambulatoria , hospital de día u otras modalidades
asistenciales de las que define el CMBD correspondiente (cada autonomía tiene
definido su propio CMBD ) captura de datos administrativos del episodio ,
registro informatizado de datos clínicos resultantes del proceso de
codificación y validación .
Recuperación , análisis y difusión
de la informática tratada envio del CMBD a los organismos oficiales
correspondientes , elaboración y difusión del cuadro de “ad hoc” para satisfacer
las necesidades de información de los usuarios interinos y elaboración y
difusión del análisis de la casuasistica .
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